Manuel Rodriguez Becerra

Manuel Rogriguez Becerra

Tormenta de residuos peligrosos

De la noche a la mañana, Colombia pasó de contar con un régimen de prohibición total al ingreso de desechos peligrosos a un régimen abierto…

Por: Manuel Rodríguez Becerra

/ 23 de julio de 2006

De la noche a la mañana, Colombia pasó de contar con un régimen de prohibición total al ingreso de desechos peligrosos a un régimen abierto, en el cual se permite la posibilidad de introducir dichos desechos al país. Es una situación que el Gobierno no le ha explicado con claridad al país en estos días en que se han debatido los posibles efectos de la resolución expedida por el Ministerio del Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante la cual se deroga la resolución de mayo de 1994, por la cual se “dictan regulaciones para impedir la introducción al territorio nacional de residuos peligrosos”.

Las luces de alarma que sobre esa decisión prendió el editorial de EL TIEMPO del pasado 17 están lejos de ser una “tormenta en un vaso de agua”, como las calificara la ministra saliente, Sandra Suárez.

En efecto, la resolución de 1994 de Minambiente prohibió el ingreso al país de desechos peligrosos –infecciosos, combustibles, inflamables, explosivos, corrosivos, volátiles y reactivos–, adicionales a las dos categorías cuyo ingreso ya estaba prohibido por la Constitución, los residuos tóxicos y radiactivos (artículo 81). En 1996, Colombia ratificó el Convenio de Basilea, que regula el movimiento transfronterizo de los desechos peligrosos y su eliminación, y expidió una ley que lo reglamenta (enero de 1998).

Estas normas de ninguna manera sustituyen, o hacen innecesaria, la resolución de prohibición de 1994, tal como el Ministerio lo ha sugerido en estos días, para justificar su derogatoria. En la Convención de Basilea se establecen dos posibilidades: que el país acepte mediante permiso explícito el ingreso a su territorio de desechos peligrosos, siempre y cuando se cumplan determinados procedimientos y condiciones para hacerlo; y que el país establezca una prohibición total o parcial a su ingreso (muchos países, en particular desarrollados, cuentan con tecnologías para disponer en forma ambientalmente sana de algunos de esos desechos, alternativa que es, además, un buen negocio; y los países con residuos peligrosos sin tecnologías para disponerlos prefieren exportarlos a países que sí las tengan).

Colombia, como muchos países en desarrollo, había optado desde 1994, y antes de ratificar la Convención, por la prohibición total. Fue una prohibición que mantuvieron, una vez ratificada la Convención y expedidas las reglamentaciones, los ministros Cecilia López, José Vicente Mogollón, Eduardo Verano y Juan Mayr.

Todos ellos consideraron que si Colombia no cuenta hoy con los sistemas y tecnologías requeridos para disponer adecuadamente de la mayor parte de los residuos peligrosos que produce su propia industria, mal estaría abrir la puerta para introducir los innumerables desechos que, en particular, los países más desarrollados buscan exportar porque sus habitantes consideran indeseable y peligroso mantenerlos en su propio territorio nacional.

Si bien tomaron en cuenta que en casos excepcionales el país podría contar con las tecnologías para disponer de algunos residuos peligrosos, también juzgaron que esos pocos casos no justificaban establecer un régimen abierto sometido a un incierto proceso de aprobaciones, en un ámbito de decisiones públicas caracterizado por el alto atraso científico y tecnológico, el tráfico de influencias y la corrupción. Lo más sabio era mantener la decisión soberana de dejar la prohibición total.

Fue una posición sostenida durante doce años que la ministra Suárez quebró sin ninguna explicación satisfactoria. El nuevo ministro, Juan Lozano, ha expedido una nueva resolución en la cual se señala que se reitera la prohibición de ingresar los desechos tóxicos y radiactivos (innecesaria, puesto que existe la prohibición constitucional) y que se establecerán estrictos controles para asegurar el adecuado otorgamiento de las licencias ambientales dirigidas a permitir la introducción de los otros residuos peligrosos (o los correspondientes a las otras siete categorías previstas en 1994).

No basta; seguimos en lo mismo. Ministro: usted todavía está en posibilidad de echar para atrás una decisión de la anterior administración que pone en innecesario riesgo la salud, el medio ambiente y otros derechos fundamentales.

El asunto ameritaría, además, que se abra un debate nacional para que se aclare públicamente qué es lo que está en juego.