Manuel Rodriguez Becerra

Manuel Rogriguez Becerra

Espejitos y abalorios

En hora buena, la Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 1382, del 2010, por la cual se modificó el Código de Minas.

Por: Manuel Rodríguez Becerra

/ 22 de mayo 2011

En hora buena, la Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 1382, del 2010, por la cual se modificó el Código de Minas. Se trataba de una reforma en favor de la denominada seguridad inversionista, que de poco sirvió para tapar las troneras de la protección ambiental que presenta el Código Minero, expedido por el gobierno de Andrés Pastrana en el 2001.

La nueva reforma que deberá emprender el gobierno del presidente Juan Manuel Santos es una oportunidad para corregir los problemas del código en materia ambiental. Ante todo, es urgente revisar las normas para excluir la actividad minera de aquellas áreas que tienen importancia crítica para la protección del agua y de la biodiversidad.

Su ambigüedad ha permitido, por ejemplo, que la Greystar siga insistiendo en su proyecto en el páramo de Santurbán, no obstante que el ministro Carlos Rodado señalara su imposibilidad jurídica. Se requiere, entonces, definir con claridad meridiana en qué ecosistemas no es posible realizar minería y cuáles son los criterios que en el futuro permitirían excluir nuevas áreas.

Es imperativo, como lo ha señalado la abogada Marcela Jiménez Larrarte, revisar a fondo el procedimiento minero y el procedimiento ambiental de los títulos mineros, puesto que su desarticulación resulta perversa para la protección de la naturaleza. Parecieran estar diseñados para condenar al Ministerio del Ambiente y a las CAR a aprobar las licencias ambientales.

De otra manera no se entendería el hecho de que el título no se cancele, o se modifique sustancialmente, una vez negada la licencia. Esta situación habilita a las empresas mineras a insistir durante años en sus solicitudes, sin importar las motivaciones científicas y técnicas de su negación original, lo que crea oportunidades sin límites para la corrupción.

Se requiere el restablecimiento de la licencia ambiental para la exploración minera, que se eliminó en el código del 2001. Las actividades de exploración, como lo ha anotado la abogada Eugenia Ponce De León, tienen, con frecuencia, profundos impactos en el medio ambiente y, por esta razón, no existe ninguna justificación jurídica ni técnica para que los mineros ejecuten tal actividad sin este requisito. El balance de la eliminación de la licencia de exploración es lamentable, incluyendo el hecho de que ha dado pie para que mineros inescrupulosos, enmascarados en la figura de la exploración, la estén utilizando para la explotación.

Se debería también prohibir a las empresas mineras que, durante el proceso previo a la decisión sobre la licencia ambiental, entreguen dádivas a las comunidades eventualmente afectadas por los proyectos, lo que nos recuerda amargamente la prolijidad de los conquistadores españoles con sus espejitos y abalorios.

Esta especie de clientelismo empresarial ha tenido consecuencias muy negativas, como lo atestiguan las agrias divisiones de la comunidad y los actos de violencia ocurridos en Santurbán. En lugar de intentar embobarnos con espejitos y abalorios, lo justo es que las empresas paguen, por mandato de la ley, unas mayores regalías, las cuales, en casos como el oro, son hoy ridículas.

La lista de asuntos para reformar comprende muchos más puntos, entre los que resaltan las normas sobre las actividades mineras en los resguardos indígenas y las propiedades colectivas de las comunidades negras, que constituyen una verdadera afrenta a estas minorías.

Al menos, la Corte Constitucional reconoció los atropellos del Gobierno contra estas comunidades al declarar la inexequibilidad de la reforma por no cumplirse con el mandato legal de la consulta previa. ¿Será que el presidente Juan Manuel Santos se mantendrá fiel a los compromisos que adquirió con los mamos de la sierra nevada de Santa Marta de garantizar la conservación de la madre tierra y de defender los derechos culturales y territoriales de las minorías étnicas?